Advertencia previa: este post va en sentido contrario a la sabiduría convencional sobre esta cuestión. Quiero dejar claro, con carácter previo, que, en mi opinión, TODAS las religiones son instrumentos de explotación del sentimiento de trascendencia que tenemos parte de los seres humanos. También son un atraso en el progreso de las civilizaciones y, la Historia lo ha demostrado, además son un peligro para la convivencia. Pero hay lo que hay: instituciones imperfectas para un mundo imperfecto.
Como si éste país no tuviera problemas más importantes o más urgentes, retorna un clásico de la intolerancia: el velo islámico. ¿Alguna aproximación sensata al debate? Me extrañaría encontrarla(*).
Y todo parece sencillo aplicando el sentido común. En primer lugar hay que descartar toda esa pamema sobre que el velo islámico es símbolo de sumisión de la mujer (como sí lo es, por cierto, el burka, un invento preislámico, probablemente todos los velos islámicos son, paradójicamente, preislámicos): el velo aparece, en ésta y todas las culturas más bien asociado a un símbolo de pureza, o, por lo menos de recato. Todavía no he oído a nadie que identifique el velo que la novia lleva el día de la boda con un símbolo de sumisión al marido (aunque todo se andará).
Pero el velo islámico, en sus múltiples variantes (velos), sí es un símbolo religioso, señal de respeto a Mahoma. Ignoro mucho (más bien todo) sobre la religión islámica. Confieso que tengo un Corán en casa, pero he sido incapaz de leerlo: demasiado místico para mi gusto y, lo que es peor: soy incapaz de comprender algunos de sus conceptos porque, probablemente tengo ya una mente muy conformada al modelo occidental y es muy tarde para adaptarla.
Lo que sí conozco más es mi religión y, también, “la teoría general de las religiones”. En una religión están casi siempre presentes, en sus fieles, al menos dos rasgos esenciales: dar testimonio de la fe y predicar la fe a los demás (en el caso del judaísmo, una religión étnica, este elemento está ausente).Un Estado de Derecho que se considere plural y democrático debe respetar estas dos manifestaciones religiosas, sin tomar partido por ninguna de las religiones que profesen sus ciudadanos. Estas dos manifestaciones se compadecen además, formidablemente, con dos derechos reconocidos en cualquier Carta Magna: el derecho a la propia imagen en el caso de testimoniar su fe, y el derecho a la libertad de expresión, en el caso de querer predicarla. En un Estado de Derecho a nadie se le puede negar el derecho a propagar su fe, como tampoco sus ideas políticas. Eso sí, por el contrario, el Estado no puede promover ni favorecer religión o ideología alguna.
Como todos los derechos, estos también, tienen sus límites. Tradicionalmente en materia religiosa, la propagación de la fe es lo que mayores encontronazos ha tenido con el espacio laico y plural que debe tener una sociedad avanzada: se ha tratado de evitar que la propagación de una fe se realice de modo violento o que se aproveche cualquier instancia oficial (la escuela, el ejército...) para hacer proselitismo de una religión. Ahora, como novedad, aparece una discusión sobre la otra faceta del “feligrés” militante: el dar testimonio de vida … (cristiana, judía, islámica, budista...) Ese testimonio de la fe se manifiesta en actos públicos o privados, pero también, en una determinada apariencia personal. Esta apariencia personal, (que va desde las levitas, barbas y sombreros de los judíos ortodoxos, hasta las sotanas de los curas y las tocas de las monjas) debe respetarse excepto si ocasionan un peligro físico para los que les rodean, lo que no suele ser el caso, salvo quizá, las puntas de unas tocas que gastaban unas monjas (las Siervas de María) hace tiempo. El velo islámico no parece estar en este último caso. También pueden ceder, éste y todos los demás atuendos religiosos por razones de seguridad, de la misma forma que hay que quitarse la chaqueta al pasar por el control del aeropuerto. Y por supuesto, también si se va al médico y éste tiene que reconocer al paciente; o si hay que vestir uniforme (incluso judicial) y poco más...
La discriminación por llevar velo islámico probablemente se pueda clasificar en el tipo ilícito del artículo 511 del Código Penal, y más si con motivo de esta discriminación se priva a una ciudadana, del derecho a la educación previsto en el Texto Constitucional, sin que se justifique en el cumplimiento de un código escolar de conducta porque, que yo sepa, estas normas no derogan la Constitución. Asociaciones defensoras de los Derechos Humanos están ya actuando en este sentido contra el atropello que se ha cometido en estos días en un Colegio Público de Madrid.
Evidentemente las mujeres que llevan velo islámico están dando testimonio de fe de acuerdo con su religión. Y eso, ¿por qué nos molesta tanto? ¿No será porque su religión es distinta a la nuestra? Y en concreto, por lo que respecta a los cristianos ¿no tendrán envidia al pensar que los únicos jóvenes que llevan una cruz al cuello son los góticos?
(*) Los países anglosajones son mucho más tolerantes en estos aspectos. ¡Qué suerte!.
Solo un breve comentario. Esto pasa en la CAM cuyo lema es:
ResponderEliminar"La suma de todos"
El chiste es buenisimo