"El Ejecutivo del Estado moderno no es más que un Comité que administra los negocios comunes de toda la burguesía" (K. Marx y F. Engels, Manifiesto del Partido Comunista).

lunes, 27 de diciembre de 2010

Boxing Day



         El pensamiento lineal del capitalismo ha impuesto una forma de pensar entre el “ganao”, que, aparte de curiosa, es divertida: si cambiamos una cosa por otra, la segunda tiene que ser mejor (obviamente) y mejor “en todo” (¡ja, ja, ja!).



          En los anuncios se nos mete por los ojos este “conceto” a todas horas, que choca una y otra vez con la realidad: en el mundo “de verdad” una cosa es mejor que otra en algunos aspectos, igual en otros y peor en otros más, pero lo que cuenta en un cambio es que “en conjunto” la cosa nueva “es mejor” que la anterior, aunque en algunos aspectos hayamos perdido respecto a lo que teníamos.



           El asunto no es baladí pues no sólo implica una mentalidad “multidimensional”, más rica de la que el actual “sistema económico-político-militar” se puede permitir, sino que, de hecho, supone un factor de inmovilismo que si bien en todas partes es malo, en nuestro país es, además, de “juzgado de guardia”: ante cualquier cambio, el conservador/inmovilista disecciona lo nuevo hasta encontrar un aspecto en el que lo antiguo era mejor y, a partir de su descubrimiento desacredita “en globo” la mejora. Y así seguimos aquí como en tiempos de la Reconquista. 



            Algún lector, de la rama “buenista”, “bambi” o “disney”, sea progresista o conservador, me contestará diciendo que se coja lo mejor de lo antiguo y de lo nuevo: el problema es que el “pack”, como el “güindos siete”, es indivisible...



             ¡Pobres conservadores! En sus vidas privadas no actúan igual: “los más ligeros de cascos” cambian una por otra continuamente: siempre buscando la que está más buena, aunque la anterior sabía cocinar, la otra fregar y la de más allá lavar y planchar y “la de ahora” no sabe hacer “la o con un canuto”... En fin, ¡miserias de la burguesía! Y, mientras tanto, ¡A abrir los regalos!

jueves, 23 de diciembre de 2010

La Amenaza Fantasma: epílogo



Epílogo: Efectos:

          La hiperinflación, a mi entender, como todo fenómeno crítico, se produce de forma intempestiva (como una tormenta o un cabreo) y ahí es dónde radica su poder destructivo: un crecimiento de los precios de las cosas de un 1000% diario, durante una década, supone una adaptación de la economía a ese hecho sin consecuencias traumáticas: simplemente se indexarían todas las remuneraciones de los factores a esos precios diariamente (con claúsulas de compensación) y, a efectos nominales todo seguiría igual.

          Imaginemos que nuestro gobierno nos obligara, cada mañana, antes de salir de casa, a añadir tres ceros a cada billete que tengamos en la cartera, mientras los bancos hacen lo mismo con los saldos de nuestras cuentas (deudores y acreedores), los deudores y acreedores, hacen lo mismo, los comercios igual...

         Lo verdaderamente doloroso en este caso es que la “indexación” no sea perfecta (y nunca lo es porque mientras los productos del supermercado se pueden reetiquetar cada hora, las pensiones no se van a revisar cada minuto) con lo que unos ganan y otros pierden: y pierden siempre los “pobres”: los que en su bolso tienen dinero y no bienes y los que fundan su sustento (y el de sus familias) en una retribución monetaria periódica (salario). De ahí que muchos economistas consideren la inflación como un impuesto sobre el dinero en efectivo, y un impuesto, por cierto, regresivo, pues son los más pobres los que, lo poco que tienen, normalmente es lo que llevan en la cartera (o en la cartilla de ahorros)(*).

           Es posible que una acción concertada, como la que cada día se produce por parte de los poderosos a través de los Bancos Centrales tratando de controlar la inflación para evitar que sus activos patrimoniales (dinero que otros les deben) se deterioren indirectamente suponga un beneficio para el “paria de la tierra”. No debe sorprendernos: ya Marx dijo que pobre era el sino del obrero: cuando la economía crece ( y el capitalista se enriquece) al obrero le va mal, pero cuando la economía se desmorona al obrero le va bastante peor.

(*) No siempre: ahí está el caso de las ancianitas con su piso en propiedad, o su casa en el pueblo, cobrando la pensión mínima.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

Aterriza como puedas y IV


        Las estimaciones sobre los daños económicos del "plantón" de los controladores aéreos en el puente, suponen, según las lenguas mediáticas unos mil millones de euros. Para dar fe de la importancia de la magnitud, y teniendo en cuenta que todos sabemos echar cuentas sobre la leche, el pan o la gasolina, pero pocos sobre magnitudes elevadas, recurro siempre al mismo truco: supongo el P.I.B. español en un billón de euros, luego cada punto de P.I.B. corresponde a 10.000 millones de euros. Esto quiere decir que la gracia de los controladores ha supuesto una caída de una décima de nuestro P.I.B., algo económicamente más importante que la pérdida de unas vacaciones en Eurodisney, por más que la niña llore porque se ha quedado sin el autógrafo de "mikimaus". En su lugar podremos darle el de Mackiemesser: que se lo hagan llegar los de "callejeros" o los del "comando actualidad".



         Convertir esos mil millones de euros en puestos de trabajo es algo que se puede hacer, como todo en la economía, echando mano al arte de birbibirloque, que, en estos pagos, se llama un sistema "recartiano"(*) Si el afectado es el sector turístico, podemos pensar que son actividades "de gran valor añadido" esto es, como el café en el bar: al tío le cuesta treinta céntimos y nos lo pone a 1,20€. Los costes de "fabricación" de esos servicios dejados de prestar, serán de ese orden, pongamos unos trescientos millones. De esos trescientos millones, seguramente no menos de 200 corresponderán a gastos de personal, porque son actividades "intensivas de mano de obra", que es una forma fina de decir que hay mucho currito aplicado a ellas. Doscientos millones es el sueldo de unos 1.000 controladores; si cada controlador gana lo que diez trabajadores "normales"(**), ya tenemos los empleos perdidos por su absentismo laboral: 10.000 criaturitas a la puta calle. 



          ¿Debemos creernos esos datos? Diversas razones aconsejan desconfiar de ellas: en primer lugar son estimaciones del propio sector, "de parte": y ya sabemos que, en este país, y desde el Gran Capitán, el que no llora no mama. Así que "de picos, palas y azadones, en vez de cien, pongamos, mil millones".



         La segunda razón para desconfiar tiene que ver con que "a río revuelto, ganancia de pescadores": unos pierden y otros ganan: los bocadillos del bar del aeropuerto desaparecen, los hoteles de Barajas llenos, carreras de taxis hiperkilométricas... Los bienes y servicios que por un lado desaparecen, por otro lado dan paso a otros distintos, que, obviamente, ni se computan, ni se declaran (ni a los medios, ni al fisco).



         Y finalmente hay que tener en cuenta que lo que el pasajerito ocioso no gasta en ese puente ya lo gastará en navidades. Y aquí llegamos al punto clave: el turista que ve frustrada sus expectativas de ir en globo por la Capadocia, gastará ese dinerito en acudir al (atestado) cotillón de fin de año en el madrileño Círculo de Bellas Artes, y todavía tiene para unos churritos en San Ginés; y de esta manera, lo que iba a generar bienes y servicios en el país del turco, se "gasta en casa" (una aproximación castiza al concepto de PIB). Puesto que, como dije en el primer post de la serie, este puente era sobretodo "muy español", hay que creer que una parte de los bienes y servicios que se iban a producir y que se "abortaron" con el conflicto laboral iban a ser producidos en otra parte y ahora, mira tú, van "a dar a luz", en nuestro P.I.B. y no en casa del vecino.



            Y esto me da una idea para solucionar la crisis, que corro a explicar a mi jefa: ahora que están militarizadas las torres de control junto con los bichos que hay dentro: ¿qué tal si probamos a cerrar el espacio aéreo "de o hacia" el exterior y dejamos abierto sólo el nuestro, el de los vuelos "domésticos"? y si ya puestos ¿sólo dejamos aterrizar aviones y que ninguno despegue? Así dicho parece una chorrada, pero...¿y aplicado a otras cosas? Vuelve el mercantilismo... por lo pronto, estas Navidades... ¡consuma productos españoles! (fabricados en la China y traídos de contrabando para El Corte Inglés).








(*) De Recarte; no confundir con Ricardiano (de David Ricardo). El método aplicado por este (d)emérito economista (Recarte, aclaro) se parece al juego de palabras que hacíamos de críos: ¿en que se parece una vaca a una bola? En que la vaca de leche, de la leche se saca la nata, de la nata la mantequilla, de la mantequilla no se saca nada, el que nada no se ahoga, el que se ahoga es un bruto ,Bruto mató a César, César está en Roma, Roma está en Italia, Italia está en el mundo y el mundo es una bola. Este método científico se aplica mucho en economía, y ¡ay! me temo que en el resto de las ciencias también. 



(**) Y podría mantener a veinte pensionistas, con lo que se desvela la falacia de que con mucho jubilado no se puede sostener el sistema público de pensiones: basta con que los pocos trabajadores activos que queden ganen como los controladores: así que ya sabemos... ¡a mejorar la rentas salariales!, ¡a repartir mejor la riqueza!.

martes, 21 de diciembre de 2010

¡A la cola!


   
          Todo aquél que haya tenido que recurrir a la Justicia en este país, sabe que, a su lado, la agilidad de un caracol es felina: un problema con el vecino, un cliente que no paga, un accidente de tráfico... demanda, traslado a las partes, oposición a la demanda, alegaciones, proposición y práctica de prueba, aplazamientos, vista oral, sentencia, recursos, ejecución... Con razón, en el foro, se ha acuñado la sentencia: “justicia demorada, justicia denegada”.



          Pues bien, mientras los ciudadanos “de a pie” esperamos largas colas a la puerta de la discoteca judicial, “los vips”, entran por la puerta de al lado, sin colas, sin esperas, sin moscones ni gentes molestas...¡Como Dios manda, en una democracia como la nuestra!



          ¿A quién debemos tanto honor?¿Quién es esa gente bien tan respetable? La niña de papá, que, a golpe de talonario familiar, primero quiso ser (mala) Directora de Cine y luego (peor) Ministra, ejerce de gorila-portera a la puerta del juzgado: ¿Usted quién es?, ¿a qué viene?:



          ¿A denunciar unos malos tratos?¿Han atracado a su hijo a la salida del colegio? Espere en la cola por favor, a que le llegue el turno, en el juzgado de instrucción número ochenta y tres de los de Fuenlabrada. ¡Ah! ¿qué viene de la Sony, de Buenavista, de la Fox, de parte de Cerezo o de Ramoncín(*)? Pase, por favor, por aquí (dice con una sonrisa, agachando la cerviz), le tenemos reservado la sala VIP (la Audiencia Nacional), de momento tómese una suspensión y en cuatro días lo tiene resuelto, ¡No hay de qué!¡Faltaría más!


         Evidentemente, en la sociedad adquisitiva en la que vivimos todo el mundo tiene derecho al producto del trabajo (del suyo o del ajeno, eso da igual), a la defensa de la propiedad “privada” de lo que ha arramblado, sean obras de arte, medicamentos o llaveros, pero, for favor, no se cuele: ¡Ministra! Ese, ese, el del “barbur”, ¡le he visto! ¡que se cuela, Ministra, que se cuela!...








(*)Me encanta cuando se expresan con sinceridad: la “industria” cultural, “contenidos”, “productos culturales”. Ellos mismos se delatan: yo ya sospechaba que lo que producen no es arte (el verdadero artista raramente se preocupa del garbanzo) sino otra cosa: baratijas, vendible, excrecencias del capitalismo, como las vuvucelas, o las “pogüerbalans”.

domingo, 19 de diciembre de 2010

X Factor



          Se atribuye a Edison la frase de que un genio de compone “de un 1% de inspiración y un 99% de transpiración”. Difícilmente de un personaje tan “rata”(*) se puede esperar que nos diera “de gratis” la fórmula completa: de hecho a la fórmula la falta añadir “unas gotas de excentricidad” o si se quiere llamar así “de locura”.


           Y son esas gotas de locura las que sirven para que la sociedad, el “saber convencional” como lo denomina Vicenç Navarro, pueda desacrecitar, zaherir y humillar al genio inconveniente hasta hacerlo desaparecer del “candelabro/candelero” de la excelencia del conocimiento burgués actual.


           ¿Quieren ejemplos? Uno muy cercano y ¡ay! sólo para iniciados: Miren a los hermanos Sevilla y, conociendo la fórmula, díganme quién es el genio y quién el payaso.



(*)Con tropecientas mil patentes registradas, con la fundación de la multinacional General Electric (esa que, actualmente fabrica sus bombillas, bastante malas por cierto, en Hungría, con esa ge y esa e tan barrocas), podrido de dinero como resultado de sus invenciones... no podía entender como su coétaneo, Roentgen, donara a la Humanidad su invento, los rayos X, sin cobrar nada a cambio.

martes, 14 de diciembre de 2010

Aterriza como puedas. Intermedio

           Escribe atinadamente un lector (tengo pocos pero muy inteligentes, esto ya va a parecer “La Codorniz”), lo siguiente, a propósito de “er tema” del mes: “Yo no defendería tan acérrimamente a un colectivo que gana tanto dinero, pero comparto plenamente el fondo del artículo”. 

         Carles, tengo la misma sensación agridulce que tú: considero que los generadores del conflicto son los controladores (impresentables), pero me preocupan tres cosas:
           - La "trivialización" de un estado excepcional, previsto en la Constitución, como si no tuviera importancia, no pasara nada, o no fuera con nosotros: es un estado excepcional que afecta a TODOS los españoles, no sólo a los controladores. Estoy seguro que, en el futuro, situaciones como las que ha vivido Grecia o Francia, se resolverán en España con declaraciones de estado de alarma (o más): esto nos coloca en la "segunda división" de las democracias europeas.
            - Que se declare "con carácter preventivo", por si acaso, no sea qué: ¡tiembla Bush, que vamos a superar lo de Guantánamo!
         - Que, hoy, por ejemplo, se proceda a privatizar la gestión de varios aeropuertos: suena a "doctrina del shock": una crisis, real o percibida como tal, es una oportunidad para realizar un cambio económico o social (M.Friedman).
           - Sorprende la posición de los nacionalistas: no tienen memoria de los estados de excepción que han padecido no hace tanto tiempo como para que los hayan olvidado. Tomo nota, porque, al parecer, con tal de que las cosas funcionen, el Estado de Derecho es secundario. Cuando resucite Aznar y empiece a suspender competencias autonómicas no tendrán legitimidad para protestar: al igual que la socialdemocracia en lo económico, la habrán perdido.

          Pero al parecer todo esto da igual: se muere un “cantaor” y “to's” pendientes... o del Galgo: otra cosa igual. Evidentemente tengo para mí cómo funciona esto del deporte de élite (o elite, como corregiría mi hermano), pero ¡cuidado! “palabra de Guardia Civil” no es “palabra de Dios”(*), ni tampoco sentencia firme... Aunque, como escuché ayer en “la noche en 24 horas” a un habitual cantamañanas(**): en un lado está la presunción de inocencia y en el otro está la actuación de un cuerpo muy acreditado, profesional y merecedor de una gran solvencia en sus actuaciones... Y ¿sabéis lo peor?: Anasagasti, invitado a la tertulia, asentía.


(*) Insisto: “el peor enemigo del Estado de Derecho es la policía”, dijo Russell en sus Memorias y Reflexiones... Russell, ¡joer! ¡Casi un revolucionario! ¡Lo que hay que ver!, ¡lo que ha retrocedido el mundo!.
(**) El mismo que antes había soltado que esas preocupaciones por la procedencia del estado de alarma eran florituras de salón, y que creía que ninguno de los críticos con la medida dormirían intranquilos temblando por sus derechos y libertades: ¡y luego decimos que los de Sálvame no son periodistas serios!

lunes, 13 de diciembre de 2010

Aterriza como puedas III


3.- Factor político.

(Alta política, la “baja” ya se la dejamos a los políticos)
          En las asignaturas del tipo “políticas públicas” y otras yerbas se estudian dos modelos de toma de decisiones: uno basado en la planificación, atribuida a Herbert Simon, se denomina racionalismo, y presupone un conocimiento total y absoluto de la información necesaria para la toma de decisiones, una identificación de todas las opciones posibles, el examen de todas las consecuencias de todas esas opciones y la elección de la opción que más se adecue a una serie de valores y objetivos establecidos. Algunas derivadas de este modelo son, la existencia de valores absolutos, la necesidad de grandes herramientas para poder obtener y analizar un conjunto muy elevado de información, y probablemente la necesidad de implantar una planificación central. La dificultad de implantar este modelo en la práctica hace que se le considere un modelo normativo (“lo que se debería hacer”), más que un modelo descriptivo (“lo que realmente se hace”).
          El otro modelo se denomina incrementalismo, y su adalid es Charles E. Lindblom. Se trata de un modelo basado en un examen de sólo algunas de las opciones, renunciando a un conocimiento absoluto de la información, opciones y consecuencias de las decisiones. Se analizan un conjunto pequeño de opciones que difieren unas de otras sólo en aspectos marginales. En consecuencia nunca se adoptan grandes decisiones que supongan un punto de inflexión en una política determinada, sino que se van adoptando decisiones que producen pocas alteraciones, en un proceso de comparaciones sucesivas limitadas. La implicación de los valores tampoco es la misma; los valores pierden el carácter para definir una buena política y la piedra angular pasa a ser el acuerdo: una política es buena si suscita el acuerdo de las partes. Este modelo se considera más descriptivo que normativo, porque indudablemente refleja mejor lo que, en la práctica, acontece en las democracias occidentales, pero también tiene un componente normativo interesante: es lo que sus defensores creen que se debería hacerse en cualquier democracia.
          Conviene saber que detrás de estos modelos subyacen profundas diferencias ideológicas: se formularon en los años 50, en plena “guerra fría” y se daba a entender que el modelo racionalista se apoyaba en las economías planificadas (como la soviética, pero, ¡ojo!, también se consideraba en ese grupo a la francesa), mientras que el modelo incrementalista parecía el propio de la democracia y de la economía estadounidense.
            Tampoco está mal saber que este modelo incrementalista, del que algún lector (Hank) ya se habrá rendido a sus encantos, se denomina “ciencia de salir del paso” (“muddling through” la denomina el propio Lindblom), o “irse por las ramas” y seguramente habrá variantes más castizas del tipo “pan para hoy, hambre para mañana”, “andar a la que salta”, “tente mientras cobro”... Las decisiones tomadas siguiendo esta escuela saldrán “hechas un churro”, no por el número sino por la morfología de ese grasiento producto.
            Con lo que sabemos del conflicto de los controladores, su génesis, las decisiones políticas tomadas hasta la fecha, etc, etc, etc... responden a la perfección al modelo “incrementalista”. Y creo que esto es una demostración más de quién sigue esta técnica, más tarde o más temprano, acaba recibiendo “una manita”.

viernes, 10 de diciembre de 2010

Aterriza como puedas II

(Ya lo que queda es más ligero que el de ayer)

2.- El factor mediático: 

          Según las estimaciones de AENA, el abandono injustificado del puesto de trabajo de los controladores afectó a unos trescientos mil pasajeros. Bajo la suposición de que todos ellos fueran españolitos, estaríamos hablando de un colectivo perjudicado de apenas el 0,7% de la población total de este país. Conviene poner este dato en valor, junto con el hecho de que, todos los días, en los Metros y cercanías de las principales ciudades de este país, se mueven más de diez veces esa cantidad de viajeros; con dos diferencias importantes respecto del grupo anterior: un menor poder adquisitivo y una razón distinta para tomar el medio de transporte: ir a trabajar, no ir de vacaciones(*).
          Pero el interés mediático de esta gente es mucho mayor que el que despertaría, por ejemplo, un caos en las cercanías debido a una nevada, o una huelga salvaje en el metro, aunque el número de personas afectadas por estos contratiempos sea más numeroso. Los medios, siempre tan sensibleros y tan alejados de la realidad, venden "carnaza" y que mejor carnaza sensiblera, que mostrar a familias y familias que ven frustradas sus vacaciones, su "eurodisnei", su Cancún... ¡Cómo aguantan los pobrecitos, horas y horas, durmiendo en el suelo, sufriendo penalidades...! con una abnegación que sin duda despliegan también en otras causas, quizá más pobres, como ir al trabajo, estudiar con sus hijos, cuidar de sus ancianos...
         Lógicamente, en los primeros momentos, los “tonisgarridos” o “yemasniergas” que en el mundo han sido, es normal que se centren, con su “vocación de servicio público” en recoger testimonios de afectados, que, unánimemente, muestran su enfado, mientras reclaman lo que ellos llaman “información”, pero que en realidad quieren decir “solución” o, más bien, “su solución”. Pero lo que ya difícilmente tiene un pase, es que los mismos medios, sigan día tras día, mostrando los mismos “testimonios humanos” y que se incorporen, en calidad de expertos, personajes de la talla de Belén Esteban o los hermanos Matamoros (Hermann o Benito, no los distingo). La guinda la puso el miércoles Comando Actualidad, donde pudimos ver la tragedia de una pareja valenciana, “pobrecicos” ellos, que pensaban casarse en Las Vegas (¡mola mazo!, ¡eh!), y que, acompañados de su parentela, en número de una treintena (todos ellos con su correspondiente huella de carbono al hombro), tuvieron que quedarse en tierra, demostrando que, al menos en este caso, los controladores habían cumplido el papel del “Tío La Vara”.
           En la otra parte, la “barra brava” de los controladores, tampoco puede presentar ejemplares más mediáticos: un portavoz sindical con pinta de pijo guaperas, que parece primo hermano de Ricardito Bofill, una "monja opusina de tous" al borde de un ataque de nervios... ¡Si parecen sacados del imaginario que tenemos en la cabeza al pronunciar la palabra “controlador”!.
         Y todo esto, qui prodest?: Subida de la audiencia televisiva, periódicos vendidos como nunca, ingresos publicitarios a mansalva: es la noria de lo mediático: ¡ánimo! Solo quedan trescientas vueltas.


(*) Mira que lo había dicho el último día en clase: “este año, con la crisis, en vez de ir a zascandilear por Londres, iremos a zascandilear por la Gran Vía”. Los que siguieron mi consejo se salvaron de la ratonera.
 
 

jueves, 9 de diciembre de 2010

Aterriza como puedas I


         A petición del público interesado voy a escribir una serie de post dedicados a los “interesantes” efectos del abandono del puesto de trabajo de los controladores aéreos el pasado viernes, inicio del puente de la Inmaculada, puente genuinamente español, porque en el concurren dos de nuestras fiestas más “cañís”: la del sometimiento a referéndum de la Ley de “amejoramiento” del Estado nacido el 1 de abril de 1.939, que aquí llamamos Constitución, por un lado, y la del dogma de la Inmaculada Concepción de la Virgen María, dogma por el que la “españolidad” estuvo batallando durante siglos hasta su adopción por Pío Nono (el Papa, no el pastelito). Por ello mismo, el puente es furiosamente español y ello supone a la vez, una doble ventaja de cara a la “imagen exterior” y a los “sectores afectados”, como veremos en otros post.

          Analizar con rigor los efectos implica detenerse en, al menos cuatro aspectos (jurídicos, mediáticos, económicos y políticos), lo que supone un post más largo que los de AMT, lo que, en mi opinión, hace el “producto” ininteligible: por ello voy a trocear el post en cuatro bloques, empezando por el jurídico, que es el que corre más riesgo de que otro bloguero se adelante en las opiniones y que parezca que le he copiado.

            1.- El factor jurídico.

         Debemos considerar los siguientes aspectos:

         En primer lugar, la actuación de los controladores no debe calificarse como huelga pues no cumple ninguno de los requisitos, ni formales ni materiales, de su definición. Se trata, antes bien de una ausencia injustificada del puesto de trabajo o de negativa (si se personaron) a desarrollar sus funciones. Ante una conducta así, de carácter individual, procede la aplicación del Estatuto de los Trabajadores con las consecuencias que en el mismo se prevén (descuento de haberes, causa de despido procedente...) Cosa distinta es que se pudiera establecer un concierto de voluntades, instigación... que pudiera revestir algún tipo de ilícito penal, en lo que no voy a entrar, salvo para decir que estos últimos extremos deberán ser enjuiciados ante un juez o tribunal de ese orden jurisdiccional.

           Pero lo más jugoso en materia jurídica ha sido la declaración del “estado de alarma”. Este estado “excepcional” se “menciona” en el artículo 116 de la Constitución, junto con los de excepción y sitio: y digo se “menciona”, pero no se regula, porque, inmediatamente después la Constitución se remite a una Ley Orgánica, precisamente para su regulación. Este artículo 116 lo que hace es decirnos quién tiene que convocarlos y los efectos que en las Instituciones Constitucionales despliegan: por ejemplo y curiosamente “no podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones” (art.116.5), con lo que ya sabemos que, mañana, ZP no puede disolver las Cortes y convocar elecciones.

            Este artículo 116 debe ponerse en conexión con el artículo 55 de la Constitución que nos indica los derechos y libertades fundamentales que pueden ser suspendidos en determinadas circunstancias. Esas “determinadas circunstancias” son dos: por un lado la declaración de los estados de excepción o de sitio (55.1) y por el otro, para determinadas personas “en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas”. Este segundo supuesto (recordad la famosa “Ley antiterrorista” vigente cuando yo estudiaba en la Facultad) no viene al caso, pero sí el primero de los supuestos, en los que el lector habrá visto ya que figuran los estados de excepción y de sitio, pero no el estado de alarma, “ergo”, el estado de alarma NO PUEDE suponer la suspensión de ningún derecho fundamental.

          A continuación, la pregunta inmediata es saber qué derechos pueden ser suspendidos. El propio artículo 55.1 nos los señala: “Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3; artículos 19, 20, apartados 1, a y d, y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2”. Estos derechos son:

    *

      El derecho a la libertad y la seguridad (17), por el que nadie puede ser detenido sino es de acuerdo a la ley, por un plazo máximo de 72 horas y debiendo ser informado de sus derechos, no estando obligado a declarar y contando siempre con la asistencia de abogado (estos tres últimos derechos no se pueden obviar en el estado de excepción).

    *

      El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (18), que supone la inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones.

    *

      La libertad de residencia y circulación por territorio nacional (19).

    *

      La libertad de expresión y de comunicación (20), sin posibilidad del secuestro de medios salvo por el poder judicial (recordad el caso del jueves y su portada “real” o, mejor dicho, “principesca”).

    *

      El derecho de reunión y manifestación (21).

    *

      El derecho de huelga (28.2).

    *

      El derecho a recurrir al conflicto colectivo (37.2).


          Todos los demás derechos constitucionales no pueden suspendidos bajo ningún estado “excepcional” y, reitero, el estado de alarma no permite suspender ningún derecho constitucional.

           Si descendemos a la Ley Orgánica a la que remite la Constitución, la L.O. 4/81 de 1 de junio (promulgada apenas cuatro meses después del intento de golpe de estado, como certeramente indicó esta mañana un diputado nacionalista), vemos que son los artículos 4 a 12 los que regulan el Estado de Alarma, que para el legislador es el estado previsto para las siguientes cuatro circunstancias:

a.-Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.

b.- Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.

c.- Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.

d.- Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad



           De la simple lectura, a nadie se escapa que el estado “parece pensado” para catástrofes naturales como, también esta mañana, señaló Rosa Díez, y como acertadamente le “chivaría” su correligionario, eurodiputado y experto en Derecho Administrativo (aparte de profesor mío) Sosa Wagner, el apartado c de ese artículo, que el (cada vez más) miope de Erkorekave” como aplicable al caso, no lo es, porque requiere una circunstancia, huelga o conflicto colectivo, que, como animal de compañía podemos aceptar que es este conflicto, pero ADEMÁS, requiere que “concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo”, lo que no parece que sea el caso, porque o bien tenemos un cataclismo (a o b), o un cataclismo agravado por conflictos (c) o, como mucho, un conflicto que deje a la ciudadanía sin pan que llevarse a la boca (d).

          Si se traga que “esto” es causa de un Estado de Alarma, la consecuencia para los funcionarios y trabajadores al servicio de las Administraciones, es que “quedarán bajo las órdenes directas de la autoridad competente en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza”. Pero si miramos un poquitín más abajo, vemos, en el artículo 12.Dos que “En los casos previstos en los apartados C) y D) del artículo cuarto el Gobierno podrá acordar la intervención de empresas o servicios, así como la movilización de su personal, con el fin de asegurar su funcionamiento. Será de aplicación al personal movilizado la normativa vigente sobre movilización que, en todo caso, será supletoria respecto de lo dispuesto en el presente artículo”. La concurrencia o no de lo previsto en el apartado c de ese artículo 4 es el nudo gordiano de la cuestión.


            ¿Y si no obedecen? El artículo 10 da la respuesta: “El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad competente en el Estado de Alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las Leyes”. Y luego sigue, “Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, el tanto de culpa al juez, y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario”, pero estos tíos no son funcionarios. Sigue el apartado tres: “Si fuesen cometidos por autoridades, las facultades de estas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución de la declaración de Estado de Alarma podrán ser asumidas por la autoridad competente durante su vigencia”, pero estos tíos tampoco son autoridades, con lo cual sólo nos pueden valer las consecuencias del primer apartado: Sanción de acuerdo con la Ley.


           ¿Y qué Ley es esa? ¿El Código Penal?, ¿El Código de Justicia Militar?,¿El Código Lioco?, La intención del Gobierno, es, desde luego, la inclusión de estos “jichos” en la Jurisdicción Militar. Para poder hacer esto, el Real Decreto 1673/2010 de 4 de diciembre, en el que se declara el Estado de Alarma, (en adelante “el Decreto de marras”) en su artículo 3 indica que “todos los controladores de tránsito aéreo al servicio de AENA pasan a tener, durante la vigencia del Estado de Alarma, la consideración de personal militar a los efectos de lo previsto en el artículo 10.Uno de la citada Ley Orgánica y en consecuencia, quedan sometidos a las órdenes directas de las autoridades designadas en el presente real decreto, y a las leyes penales y disciplinarias militares, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre”. ¡Vaya! Otra Ley Orgánica entra en juego: ¿y que dice? Veámosla, pero antes quiero que el lector haga una prueba de agudeza visual y detecte varias “cosas raras”. Este es el texto del artículo 3 del Decreto de marras:

            “En virtud de lo dispuesto en los artículos 9.Uno y 12.Dos de la Ley Orgánica 4/1981 en relación con el artículo 44 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, todos los controladores de tránsito aéreo al servicio de AENA pasan a tener, durante la vigencia del Estado de Alarma, la consideración de personal militar a los efectos de lo previsto en el artículo 10.Uno de la citada Ley Orgánica y en consecuencia, quedan sometidos a las órdenes directas de las autoridades designadas en el presente real decreto, y a las leyes penales y disciplinarias militares, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre”.

           La que salta a la vista es que se cita una Ley ¡de 1.960!, la de Navegación Aérea, cuyo artículo 44, citado en el Decreto dice, textualmente, “Sólo podrá autorizarse a Corporaciones, Entidades o particulares que tengan la nacionalidad española la instalación de aeropuertos o aeródromos privados que habrán de reunir los requisitos que previamente determine, en cada caso, el Ministerio del Aire. Todos ellos se someterán a las servidumbres que se establezcan, y a efectos de movilización dependerán de la Jefatura Militar Aérea en cuya demarcación se encuentren”. Es difícil no pensar que esta parte de la Ley pueda estar en vigor después de la Constitución, no sólo por la inexistencia del Ministerio del Aire, sino también por la “sumisión” total a ese Ministerio.

           Lo segundo que salta a la vista es que el artículo aparece “capado”: termina con “lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre” y falta indicar el título de esta ley, que no es otro que “de Código Penal Militar", con lo que se quiere ocultar el título de esa Ley Orgánica, para que “pase desapercibida", o, lo más probable, "para no acojonar en exceso".


          El artículo 8 del Código Penal Militar, por llamar a las cosas por su nombre, dice que "A los efectos de este Código se entenderá que son militares quienes...5.-Con cualquier asimilación militar presten servicio al ser movilizados o militarizados por decisión del Gobierno" y, en consecuencia, se les somete a esa jurisdicción militar. ¿Y eso vulnera o no vulnera Derechos y Libertades Fundamentales? Volvamos a echar un ojo a la Constitución.


           En la Carta Magna, existen dos artículos clave, para “desfacer el entuerto": en primer lugar está el artículo 24 que dice que “todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley”, que, entre los civiles, no parece que sea el Militar, con lo cuál, al poner a esos “desgraciaos” bajo jurisdicción militar, parece que estamos conculcando un derecho que, además, no es de posible suspensión por no estar mencionado en el artículo 55 de la Constitución. Pero, ¡cuidado!, el artículo 30, específicamente habla de “nuestras obligaciones militares". Amén del Servicio Militar Obligatorio suprimido por el Sr. Aznar, este artículo dice, en su texto completo lo siguiente:

"1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.

2. La Ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.

3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.

4. Mediante Ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública
”.

          El cuarto párrafo del artículo 30 es esencial para la comprensión del problema: ahí está el germen de una posible militarización o movilización: ¿y tenemos una Ley (ni siquiera hace falta que sea Orgánica) que regule los deberes de los ciudadanos en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública? La estamos “peinando”; pero, mientras tanto, lo más parecido que hay, es la antecitada Ley Orgánica 4/81 de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, y esa Ley, en su artículo 12.Dos, como antes vimos, dice: “En los casos previstos en los apartados C) y D) del artículo cuarto el Gobierno podrá acordar la intervención de empresas o servicios, así como la movilización de su personal, con el fin de asegurar su funcionamiento. Será de aplicación al personal movilizado la normativa vigente sobre movilización que, en todo caso, será supletoria respecto de lo dispuesto en el presente artículo” Luego entonces, SIEMPRE QUE EL ESTADO DE ALARMA ESTÉ CORRECTAMENTE DECLARADO PORQUE CONCURRAN LAS CIRCUNSTANCIAS LEGALES PARA LAS QUE ESTÁ PREVISTO, podrá ponerse a los controladores, bajo jurisdicción militar. 

          Curiosamente, la Constitución, tan garante en el artículo 55 de los Derechos y Libertades Fundamentales, permite la alegre militarización de “to'quisqui” y el sometimiento a una jurisdicción, sabiendo que, según Marx (Groucho) “la justicia militar es a la justicia lo que la música militar es a la música”. Con esto se demuestra, lo que indiqué al principio del post: Que esta Constitución es un “amejoramiento” de las Leyes Fundamentales del Movimiento.

“Es lo que tengo que informar, mi teniente”

jueves, 2 de diciembre de 2010

Wikilicks

          Gracias a las filtraciones de "güiquilis" ya sabemos en qué consiste la jornada laboral de los diplomáticos: la mitad del tiempo se la "tiran" en el bar, con un "solisombra" en la mano, leyendo los periódicos y escuchando a la parroquia, y la otra mitad haciendo de "chicos tarantino". Sin tiempo apenas para degustar un "ferreroroché", en casa de Isabel, quizá para no distraer a su marido de la mortaja económica que nos está tejiendo. 

          En el caso español también sabemos que se confirma la tesis de Llamazares (antes LLamazares) de que nuestro Gobierno siempre "pone el intermitente a la izquierda y gira a la derecha" (práctica automovilística frecuente en la patria chica del gran ZP) no sólo en materia económica, sino también en TODAS las materias: una cosa es el ruido, y otra las nueces, "rojo de maricler, salmón de expansión"(*)
          No sorprende, por tanto, que el chulapo madrileño que, de día pasea por Ventas, de noche, en la sordidez de un portal de Montera, arranque de su garganta, con un gargajo, los restos biológicos del americano impasible (lo siento, AMT, son exigencias del guión). No sorprende, pero escandaliza (¡lo ves!, exigencias del guión). 
           Sí sorprende que la gente no se haya dado cuenta hasta ahora de esta conducta política: pase por los "paniaguados" y los "pesebreros"... ¡pero los demás...! Si en el primer Consejo de Ministros, hace seis años y pico, ya enseñó la patita: "hay que luchar ferozmente contra el fraude fiscal, por lo que he nombrado, para dirigir la Agencia Tributaria a....¡Pedroche!" (risas) A Luis, no a Cristina, aclaró (más risas)... 
           (*) Mañana, sin ir más lejos, se presentan unas medidas económicas que podría firmar el mismo Hayek; pero "de buen rollito, ¡eh!, muy de izquierdas".